Auditoría
“ La normativa española legal vigente obliga a que
una compañía debe presentar sus Cuentas Anuales
auditadas”
La auditoria es el examen crítico y sistemático realizado por uno de nuestros profesionales inscritos en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) que es un experto en contabilidad e independiente de la sociedad auditada, con el objetivo de verificar si los estados financieros de la sociedad reflejan la imagen fiel, a través del análisis de los libros y registros contables de la entidad, con el fin de opinar sobre la razonabilidad de la información contenida en ellos y sobre el cumplimiento de las normas contables.
Se ofrece servicios personalizados para:
La normativa española legal vigente obliga a que una compañía debe presentar sus Cuentas Anuales auditadas, cuando cumpla durante dos ejercicios consecutivos, al menos, dos de los tres requisitos siguientes:
- Total partidas de Activos superior a 2.850.000 €.
- Importe Neto de la cifra anual de Negocios superior a 5.700.000 €.
- Personal Medio durante el ejercicio superior a 50 trabajadores
Tipos de Auditoria Privada:
- Auditoria Financiera:
Es un proceso cuyo resultado final es la emisión de un informe, en el que el auditor da a conocer su opinión sobre la situación financiera de la empresa.
- Auditoria de cumplimiento:
Es la comprobación o examen de operaciones financieras, administrativas, económicas y de otra índole de una entidad para establecer que se han realizado conforme a las normas legales, reglamentarias, estatuarias y de procedimientos que le son aplicables.
- Auditoria de Gestión y resultados:
Tiene por objeto el examen de la gestión de una empresa con el propósito de evaluar la eficacia de sus resultados con respecto a las metas previstas, los recursos humanos, financieros y técnicos utilizados, la organización y coordinación de dichos recursos.
La auditoria pública consistirá en la verificación, realizada con posterioridad y efectuada de forma sistemática, de la actividad económico-financiera del sector público, mediante la aplicación de los procedimientos de revisión selectivos contenidos en las normas de auditoria e instrucciones que dicte la IGAE.Tipos de auditorias:
- Auditoria de Regularidad
- Auditoria Financiera.
- Auditoria de cumplimiento de legalidad
- Auditoria Operativa
- Auditoria de eficacia.
- Auditoria de economía y eficacia.
- Auditoria de sistemas
- INFORME DE PROCEDIMIENTOS ACORDADOS
El consistente en la elaboración de informes especiales sobre cualquier elemento, cuenta o partida específica de los estados financieros, basando nuestro trabajo en la investigación y análisis, recuento, comparaciones, revisiones de la exactitud de partidas e importes, observación, inspección y obtención de confirmaciones, entre otros.
- REVISIÓN DE CUENTAS JUSTIFICATIVAS DE SUBVENCIONES
Las subvenciones implican entregas de fondos públicos sin contraprestación al objeto de aplicarlas a una finalidad, actividad o proyecto específico, hecho o por realizar, como se regula en la Ley 38/2003 Ley General de Subvenciones, es necesario un control financiero para verificar el cumplimiento de dichos fines, dicho control se ejercerá respecto de los beneficiarios y entidades colaboradoras.
Informes especiales y complementarios para cumplir con los requisitos de las entidades reguladoras en sus competencias de control
La actual ley de sociedades de capitales establece en su capítulo II. Sección segunda, los requisitos que deben cumplir las sociedades para poder realizar un aumento de capital, requiriendo un informe de un auditor independiente para la ampliación de capital con cargo a reservas y por compensación de créditos con terceros.
- INFORMES ESPECIALES DE CUMPLIMIENTO
- Valor razonable de acciones y participaciones en transmisión de acciones y participaciones (Art 124 y 125 LSC).
- Valoración de acciones y participaciones no cotizadas en la separación o exclusión de socios o accionistas (Art 353 LSC).
- Aumento de capital por compensación de créditos (Art 301 LSC).
- Aumento de capital con cargo a reservas (Art 303 LSC).
- Valor razonable de acciones en exclusión del derecho de suscripción preferente (Art 308 LSC).
- Reducción de capital para compensar pérdidas y para dotar la reserva legal (Art 323 LSC).
- Informe en la emisión de obligaciones convertibles (Art 414 LSC).
- Informe como experto independiente sobre la valoración de las aportaciones no dinerarias en el programa de fundación por el sistema progresivo (Art 42 LCS).
- Informe de experto independiente sobre aportaciones no dinerarias (Art 67.2 LSC)
